martes, 19 de marzo del 202419 de mar del 2024

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Clausuran granja de puercos por incumplir normas ambientales

Por incumplimiento a las normas ambientales vigentes en Jalisco, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa) realizó una clausura parcial temporal a una granja porcícola ubicada en el municipio de Tepatitlán de Morelos.

Lo anterior se realizó como resultado de la visita de inspección por parte del personal técnico de la Proepa con el objeto de verificar física y documentalmente que la granja cumpliera con sus obligaciones ambientales en materia de residuos de manejo especial.

La causa principal para tomar esta medida de seguridad fue que se observó el inadecuado manejo de sus residuos sólidos, en particular de la cerdaza sólida generada por la propia actividad del lugar, ya que la disponen directamente al suelo para su secado, mientras que la cerdaza líquida la depositan en una fosa, careciendo en ambos casos de membrana o material que garantice la inexistencia de infiltraciones con posibles afectaciones al suelo y subsuelo.

Además se identificó el inadecuado manejo y disposición final de los cadáveres de los animales que no se sujeta a lo establecido a la normatividad ambiental vigente.

Otro incumplimiento por parte del establecimiento es que se detectaron omisiones de tipo administrativo, ya que al momento de la visita de inspección, los encargados del lugar no acreditaron contar con registro como gran generador de residuos de manejo especial, ni con el plan de manejo de residuos que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet), así como no presentar las bitácoras de registro de volúmenes de los residuos generados y del manejo adecuado de los mismos hasta su disposición final.

Por lo antes expuesto y como medida de seguridad, se determinó la clausura parcial temporal con fundamento en el Artículo 144 Fracción I de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEEPA), por lo que se colocó cinta delimitadora y sello de clausura dentro de las instalaciones de la granja, medida que permanecerá hasta que los responsables del establecimiento realicen las adecuaciones correspondientes para dar cabal cumplimiento a la normatividad ambiental vigente.

La medida impuesta no impide a los responsables del lugar llevar a cabo actividades de limpieza, de mantenimiento al sitio y a los animales, así como realizar los trámites correspondientes ante la Semadet para su regularización en materia ambiental.

II

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