Inconstitucional, reconocer «la vida humana desde la concepción»: SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional “proteger la vida humana desde la concepción”.
Por unanimidad, se invalidó la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa que establecía que “El Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.
Los ministros consideraron que este artículo atenta contra los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar porque le otorga el carácter de persona al feto/embrión.
El proyecto fue ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y señalaba que la vida es un continúo por lo que pretender decir cuándo inicia es absurdo.
A decir de la Corte, es inadmisible que se asigne idéntica protección al producto de la concepción y a las personas nacidas y que ninguna legislatura local ni el mismo pleno, puede definir el origen de la vida humana.
A diferencia de la decisión de la SCJN sobre la inconstitucionalidad de la despenalización del aborto, este fallo no tendrá el alcance nacional inmediato pero si anula la porción del artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa.
La sentencia impactará en normas similares pues al ser mayoría calificada, la decisión de la Suprema Corte será jurisprudencia. En México, al menos 20 estados han reformado su Constitución para reconocer «la vida humana desde la concepción».
Las leyes que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales. A partir de ahora todas y todos los jueces deberán aplicar este criterio de la Corte que protege el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir.
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— Suprema Corte (@SCJN) September 9, 2021
JJ
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