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Definen criterios sobre sanciones por uso de porta placas

El Congreso del Estado avaló que se reformarán varios artículos respecto al uso de porta placas. El día de ayer la Comisión de Estudios Legislativos y Reglamentos, informaron modificaciones el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Este lunes 21 de febrero, el legislativo dio a conocer que se aprobó modificar el artículo 169 fracción 1 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado, para no aplicar multas o sanciones por utilizar porta placas en los vehículos.

No obstante, las sanciones se aplicarán cuando las placas sean modificadas o alteradas para impedir su plena identificación.

Tras la modificación legislativa, se establecen las condiciones en que procede la infracción y el resguardo del vehículo, principalmente si las letras y números de las placas son alterados o dobladas para que no sean visibles, pero no sólo por el hecho de usar la protección.

El dictamen  fue aprobado en la comisión y pasará al Pleno del Congreso para su votación definitiva, también, se recibió oficio de la Coordinación de Conductores de Jalisco, para incluir en la Ley de Movilidad y Transporte el concepto de vehículo híbrido.


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