martes, 16 de abril del 202416 de abr del 2024

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Por temporada invernal restringirán circulación de camiones pesados en carretera

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, restringirá la circulación de camiones pesados en carreteras de México. 

Las restricciones de circulación será para el transporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso o volumen y grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal. 

Según lo comunicado por la dependencia, las medidas se dan para garantizar la seguridad de las familias mexicanas que durante la temporada invernal salen de las distintas ciudades a vacacionar, pues son días con mayor afluencia de autos en las carreteras federales. 

Los horarios de restricción que se aplicarán durante la temporada vacacional serán de las 00:00 horas del 17 de diciembre de 2021, a las 23:59 horas del 2 de enero de 2022. 

Cabe resaltar que la SICT, dejará circular a los camiones que obtengan un permiso especial, los días 20, 21, 22, 27, 28, 29 y 30 de diciembre en horarios específicos. 

Aclararon  que las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes,  podrán transitar en el período antes señalado como sigue:

 

1.-El 20, 21, 22, 27, 28 y 29 de diciembre de 2021 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:

  • Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
  •  Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

 

2.-El 18, 23 y 30 de diciembre de 2021 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

 

3.- Los días 17, 19, 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, así como el 1 y 2 de enero de 2022, deberán suspender totalmente su tránsito.

GM


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