mi�rcoles, 17 de abril del 202417 de abr del 2024

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Irregularidades en fotoinfracciones fueron por intermitencias: gobierno estatal

Que las irregularidades en el sistema de fotoinfracciones se debieron a intermitencias en en el servicio, las cuales se presentaron como resultado de la actualización de servidores y ya fueron corregidas, así lo informó el gobierno estatal de Jalisco. Los afectados podrán presentar un recurso de inconformidad para aclarar la situación y evitar el pago.

Múltiples automovilistas hicieron pública su molestia tras habérseles notificado que tenían que pagar el equivalente a la sanción de la fotomulta y estacionómetro, pero dichos folios no contaban con datos como fecha, lugar, velocidad ni imagen aclaratoria.

Al respecto, la Secretaría de la Hacienda Pública (SHP) en conjunto con la Agencia Metropolitana de Infraestructura para la Movilidad (AMIM) señaló que atendieron algunas intermitencias y que estas fueron corregidas en su totalidad, por lo que se espera que la información vuelva a su estado regular.

Actualmente la operación de las fotoinfracciones depende de la AMIM, como parte del Programa de Infraestructura para el Control de Velocidad Vial que integra el sistema de radares, su operación y mantenimiento.

El programa interviene y monitorea 40 radares distribuidos en cinco municipios: Guadalajara (10), Zapopan (18), Tlajomulco de Zúñiga (5), San Pedro Tlaquepaque (3) Y Tonalá (4), además de 10 puntos de luz roja ubicados en cruceros semaforizados y radares fijos y móviles que trabajan las 24 horas los 365 días del año.

¿Qué hacer si tuviste afectación por la intermitencia del sistema?

Podrás tramitar un recurso de inconformidad por fotoinfracción (el módulo se encuentra al interior de la Secretaría del Transporte y el horario de atención es de lunes a viernes de 10:00 a 15 horas) es importante que éste documento sea debidamente llenado por el propietario del vehículo o la persona infraccionada.

Además de presentar:

  • Documento fundatorio en original y copia.
  • Cédula de notificación de la infracción la cual no debe exceder 20 días hábiles de notificación o expedición de la misma.
  • Copia por ambos lados de identificación oficial con fotografía, vigente del propietario del vehículo o el infraccionado (licencia, credencial IFE o INE, pasaporte).
  • Copia de la tarjeta de circulación o del recibo de pago del refrendo del vehículo infraccionado.
  • Las pruebas que estime necesarias para desvirtuar la infracción.

En caso de no ser el propietario del vehículo quien presente la inconformidad, deberá presentar un poder notarial firmado por el dueño del vehículo o la persona infraccionada, el representante legal y dos testigos (además de los requisitos antes mencionados).

De ser persona moral, deberá anexar acta constitutiva y copia de identificación del representante legal (además de los requisitos antes mencionados).

Para las multas de estacionómetro es necesario consultar con la instancia municipal correspondiente.

En caso de requerir más información y dudas se pueden comunicar al 3336681700, o vía electrónica al correo [email protected]

Isela Ibarra


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