Asesinato de Jonathan Santos debe seguir protocolo LGBT+ y no de feminicidio: activistas
Para garantizar los derechos de las personas de la población Lésbico, Gay, Bisexual, Travesti, Transexual, Transgénero, Intersexual y más (LGBTTTI+), la Fiscalía Estatal de Jalisco deberá investigar el asesinato de Jonathan Santos, estudiante y defensor de los derechos de la población diversa, bajo el Protocolo Nacional de Actuación para el Personal de las Instancias de Procuración de Justicia del País, en casos que involucren orientación sexual, y no bajo el protocolo de feminicidio como ayer se anunció, así lo señalaron activistas.
Desde que se supo del asesinato del joven, el cual se registro durante la madrugada de este martes en calles de Balcones de la Cantera, en el municipio de Zapopan, la indignación por el homicidio llegó no solo a su familia y amistades, sino a la comunidad estudiantil de la Escuela Politécnica “Ingeniero Jorge Matute Remus”, de la Universidad de Guadalajara (UdeG), a la que pertenecía y a miembros de la población LGBT+ de todo el país, quienes se han pronunciado por la pronta justicia y esclarecimiento del lamentable hecho.
Luego de que el titular de la Fiscalía Estatal, Gerardo Octavio Solis Gómez anunció ayer, en conferencia de prensa virtual, que la investigación procederá bajo el Protocolo de Feminicidio, esto al conocerse que Jonathan se identificaba como hombre gay, la molestia y confusión por dicha determinación, se hizo evidente.
De acuerdo al Protocolo de Actuación con Perspectiva de Genero para la Investigación del Delito de Feminicidio en el Estado de Jalisco (publicado en el Periódico Oficial el 28 de junio de 2018) este deberá aplicarse “en todos los casos de muertes violentas de mujeres. El término mujer hace referencia a las mujeres a lo largo de todo su ciclo de vida. En consecuencia, la referencias a las mujeres incluyen a las niñas, adolescentes, mujeres jóvenes, mujeres adultas y mujeres de edades avanzadas, así como todas las personas del género femenino, independientemente del sexo asignado al nacer y de sus documentos identificación oficial por lo tanto el Protocolo deberá aplicarse a las mujeres trans, incluyendo: travestis, transexuales y transgéneros”.
Lo anterior toma relevancia debido a que Jonathan no se identificaba trans, y también por el señalamiento de las y los defensores LGBT+ sobre que la Fiscalía Estatal no sabe cómo actuar en estos casos y que definitivamente hace falta implementar Protocolos para Casos de Crímenes de Odio por Orientación Sexual, además de que tanto la Fiscalía, el Congreso Local y el propio Gobierno de Jalisco deben trabajar para abatir la violencia e inseguridad que padece constantemente este sector .
Solis Gómez informó que se siguen tres líneas de investigación por el asesinato, “la primera por razón de su preferencia sexual la cual llevaría a un posible crimen de odio, por un crimen pasional y por robo”.
La presidenta del colectivo Unión Diversa de Jalisco (UDJ), Fascinación Jiménez subrayó que incluso cuando se han presentado casos de asesinatos a mujeres trans, la Fiscalía no abre los casos con este Protocolo de Feminicidio, lo cual deja a estos crímenes sin asertividad jurídica dentro del sistema penal.
“Del 2007 al 2019 alrededor de 100 crímenes de odio se cometieron en el Estado de Jalisco, 52 fueron hacia mujeres trans y al parecer ni siquiera el Protocolo de Feminicidio se ha implementado contra ellas”, detalló.
El colectivo exigió al titular de la Fiscalía Estatal “que deje de usar el término de crimen pasional, ya que la frase además de que justifica la saña con la que se comete el crimen, oculta las posibles violencias que haya pasado la víctima, por lo cual exhortaron a la capacitación y sensibilización de todo el personal de la dependencia e incluso de los juzgados, respecto a estos temas vulnerables y rezagados.
Leonardo Espinosa, presidente de la Asociación Civil, Cohesión de Diversidades para la Sustentabilidad (CODISE A.C), UDJ y otros liderazgos, señalaron que la Fiscalía debe adoptar el Protocolo Nacional de Actuación para el Personal de las Instancias de Procuración de Justicia del País en casos que involucren la orientación sexual en la identidad de género, y que en este caso se haga uso de la Perspectiva de Diversidad y se proceda a la pronta localización de quien o quienes resulten culpables.
“Hay mucha información sesgada del tema, como organización civil, como CODISE, ya enviamos una carta al Fiscal para exigirle que se utilice el protocolo adecuado para tratar los temas de las personas LGBT+, este es un protocolo nacional que ya existe, es la manera en como se deben de investigar estos casos”, subrayó.
También lamentó que en el país se tenga la mala experiencia de que cualquier crimen en contra de una persona de la población diversa, sea tipificado como crimen pasional. Refirió que la asociación que dirige es parte del Observatorio Nacional de Crímenes de Odio y han encontrado otros datos en los que las autoridades deben trabajar.
“Sabemos que la mayor parte de crímenes de odio le ocurren a personas trans y personas gay, suceden principalmente en su hogar y después en la calle, son propiciadas por desconocidos la mayor parte de las veces y que y también, de todos estos crímenes que existen, sólo el 30 por ciento son denunciados y de este 30 por ciento, solo el 14 por ciento es resuelto; el 15 por ciento de los casos no son denunciados, y el resto no se sabe qué sucedió”.
Fue el pasado 14 de diciembre de 2019, que en el Congreso Local se tipificaron los Crímenes de Odio en el Código Penal del Estado de Jalisco, la promotora principal de diversas Reformas al Código Penal fue la legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Mariana Fernández Ramírez.
Dichas modificaciones radicaron principalmente en cambiar el tipo penal para establecer como homicidio calificado los crímenes cometidos por odio motivados por la orientación sexual, expresión de género, condición social o económica, origen étnico o apariencia física, nacionalidad, religión, ideología, color de piel, condición de salud, discapacidad o profesión de la víctima.
También en la propuesta se establecieron como crímenes de odio aquellos en donde el actor del ataque ha expresado de manera personal, en redes sociales, o por algún medio de difusión el desprecio o intolerancia contra algún grupo de personas a las que previamente amenazó o acosó por alguna de las razones antes mencionadas. La reforma al artículo 219 del Código Penal señala, entre otras, que las penas pasaron de 12 a 18 años o de 20 a 40.
Como parte de los avances de la investigación, el Fiscal Estatal refirió que Jonathan, previo a su muerte, estuvo en un convivió con otros jóvenes, se encontraban en un domicilio y que, de acuerdo a testigos, cuando se retiró del lugar en la madrugada, posiblemente alguien del mismo convivio le dio un “raite”; enfatizó en que no se había localizado información de que el joven recibiera amenazas o tuviera algún problema.
Recientemente el director de Diversidad Sexual del Estado de Jalisco, Andrés Treviño Luna lamentó el homicidio y subrayó que la investigación avanza como delito de odio, además detalló que se seguirán una serie de pasos, mismos que forman parte del Protocolo de Feminicidio.
Isela Ibarra