martes, 16 de abril del 202416 de abr del 2024

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Mujeres que asesinaron a su pareja en defensa propia podrían salir libres 

Las mujeres que asesinaron a su pareja, cónyuge o esposo en defensa propia o por una situación de violencia antes del 2016, podrían salir en libertad. 

Esto debido a que la Comisión de Seguridad del Congreso local, aprobó la Ley de Amnistía para las  Mujeres Víctimas de Violencia de Género, beneficio que alcanzaría a todas aquellas que, luego de sufrir abusos y lesiones físicas o sexuales, atentaron contra su agresor.

El dictamen fue aprobado por la Comisión de Seguridad y Justicia, presidida por el diputado Enrique Velázquez González y remitido al Pleno del Congreso de Jalisco. La iniciativa fue presentada por el diputado Salvador Caro Cabrera el pasado mes de septiembre.

En la exposición de motivos, el autor de de la propuesta señala que “buscando  reparar las violaciones de que han sido víctimas y bajo el reconocimiento de que las mujeres forman  parte esencial de la vida social, política y económica del Estado, se propone extinguir la responsabilidad penal,  a todas aquellas mujeres que mediante alguna conducta de acción u omisión, hubieren causado lesiones o la muerte a su esposo, cónyuge, concubino o pareja sentimental, con motivo de la defensa de su dignidad humana como mujer».

Condicionantes

Este marco legal aplicaría bajo las siguientes condicionantes:

  • Que la mujer se  encuentre condenada con sentencia firme o procesada por el delito de lesiones, homicidio o parricidio, conforme al Código Penal del Estado de Jalisco.
  • Acreditar antecedentes de sufrir violencia sistemática, ya sea física o sexual, por parte del sujeto pasivo, y que éste haya sido su esposo, cónyuge o pareja sentimental.
  • Que exista evidencia suficiente que compruebe que la sentenciada o procesada, por motivos de la violencia a la que se hace referencia, fue lo que motivó a la ejecución del hecho.

Adicionalmente, deberá cumplir con otros requisitos: No  tener antecedentes penales por delitos dolosos, ni sentencias firmes por diverso delitos ni estar sujeta a otro proceso penal del fuero común o federal por delito doloso,  ni que exista evidencia que pruebe que fueron provocadoras y/o generadoras de violencia de género o violencia familiar.

 Así como haber cubierto o garantizado el pago de la reparación del daño integral; que el delito haya sido cometido con anterioridad a la fecha de la conclusión de la transición al Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral en el Estado de Jalisco, es decir, hasta antes del 16 de Junio de 2016.

En cualquier momento la procesada o sentenciada podrá promover la aplicación de la amnistía ante el juez de ejecución de sanciones, quien resolverá en audiencia única si reúnen los requisitos de procedencia, de cumplir con los mismos, decretará la libertad de manera  inmediata y ordenará la eliminación del antecedente criminal respecto del hecho reprochado. 

La amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que comprende, dejando subsistente la responsabilidad civil, y a salvo los derechos de quienes puedan exigirla.

Congreso de Jalisco// GM 

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