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Consulta sobre la ciclovía de Marcelino G.B. podría ser inconstitucional

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, (CONAPRED) otorgó 3 días a Guillermo Amado Alcaraz Cross Presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado (IEPC) y al Ombusman Felipe de Jesús Álvarez Cibrián (CEDH), para que indiquen si la consulta popular sobre si debe o no permanecer una ciclovía sobre Marcelino Garcia Barragan, violenta el derecho humano a la movilidad reconocido en el estado de Jalisco, ademas otorgo una explicación en torno al Articulo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). 

El llamado de CONAPRED se da luego de que un ciudadano vía electrónica indicó que la conocida consulta que validó el IEPC y que se llevará a cabo el 9 de Julio, no debió aceptarse ya que violenta el artículo 387 del Código Electoral y de Participación Social del estado de Jalisco, el cual prohíbe someter a consulta asuntos que pudieran repercutir en la disminución de derechos humanos reconocidos.

En los documentos dados a conocer por la Asociación Civil GDL en Bici, la CONAPRED, reconoce a la movilidad como un derecho reconocido por el Estado de Jalisco y cita el artículo 1° de la CPEUM, e indica que toda autoridad tiene la obligación de promover respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

El especialista en derechos humanos Carlos Servín Ugarte nos indico que en un proyecto de infraestructura como este hay derechos humanos que se verán impactados. Si el Gobierno estatal después de la consulta decide no continuar el proceso de construcción de la ciclovía, es claro que el derecho al libre tránsito de los ciclistas, el derecho a la salud y al medioambiente de los ciclistas, de los ciudadanos que al fomentar la no construcción de un sistema de vías no motorizadas se verán afectados. Es claro entonces que este tipo de consultas impactan sobre derechos.

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GL