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Avalan interrupción del embarazo sin cárcel 

El aborto ya no será penalizado con cárcel en Jalisco, antes de las 12 semanas de gestación, determinó el Congreso local.

En sesión parlamentaria, diputados avalaron modificar el Código Penal de la entidad, donde se despenaliza la interrupción del embarazo, y con ello dar cumplimiento al mandato de sentencia emitida por Tribunal del Poder Judicial.

 

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Quedaron establecidos por ley como excluyentes de responsabilidad penal: cuando la interrupción del embarazo sea resultado de una violación, un abuso sexual infantil o una inseminación artificial no consentida; cuando de no provocarse la interrupción del embarazo, la mujer o persona con capacidad de gestar corra peligro de muerte o riesgo de afectación a su salud; cuando a juicio de un médico exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales graves; cuando se acredite que alguna autoridad le hubiese negado previamente la posibilidad de interrumpir su embarazo dentro del plazo de las primeras doce semanas de gestación; y cuando el procedimiento se produzca entre la decimotercera y decimocuarta semanas de gestación, y la mujer o persona con capacidad de gestar se encuentre en contexto de vulnerabilidad social de género que limite la posibilidad de decidir interrumpir el embarazo de manera informada, dentro de las doce semanas de gestación, entre otras.

Antes el Código Penal del Estado marcaba de cuatro meses a un año de prisión la pena por la interrupción del embarazo.

Seguirá como delito cuando se interrumpa el embarazo, en cualquier momento de la gestación, sin consentimiento o en contra de la voluntad de la persona gestante y si media la violencia física o psicológica.

Lo anterior se determinó en votación secreta. Primero hubo empate de 18 sufragios a favor, 18 en contra y una abstención. En segunda ronda el resultado fue de de 20 votos a favor, 16 en contra y una abstención.

MHF


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