Multas por usar razers y cuatrimotos en Áreas Naturales Protegidas
Multas de hasta 23 mil pesos y arresto de hasta 36 horas podrían recibir quienes utilicen vehículos todoterreno motorizados con fines recreativos dentro de Áreas Naturales Protegidas, parques y zonas de preservación ecológica en Jalisco.
Las sanciones contemplan entre 150 y 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale aproximadamente a montos de entre 17 mil 596 y 23 mil 462 pesos, de acuerdo con el valor vigente para 2026. Además, se contempla arresto de hasta 36 horas para personas reincidentes.
La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (SEMADET) informó que reforzará la coordinación con los municipios para aplicar la reforma al Artículo 47 Bis de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que prohíbe la circulación de vehículos motorizados como razers, cuatrimotos y motocicletas cuando no estén autorizados en los programas de manejo.
La modificación fue aprobada por el Congreso de Jalisco mediante el Decreto 29868/LXIV/25 y publicada el 25 de noviembre de 2025 en el Periódico Oficial del Estado.
De acuerdo con la dependencia estatal, el uso recreativo de estos vehículos genera impactos como la compactación del suelo, erosión, afectaciones a la vegetación y perturbación de la fauna silvestre.
Las disposiciones aplican en todas las Áreas Naturales Protegidas, parques y reservas federales, estatales y municipales, así como zonas de preservación ecológica en Jalisco.
Para la implementación de la medida, SEMADET informó que trabajará con autoridades municipales para difundir la información y dar a conocer las sanciones aplicables.
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