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Es oficial, habrá nueva verificación vehicular

Habrá una nueva verificación vehicular en todo México, es oficial y para ello ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la NOM-236-SE-2021 “Condiciones físico mecánicas de los vehículos con peso bruto vehicular que no exceda de los 3,857 kilogramos».

La entrada en vigor será en los próximos 180 días naturales, es decir para noviembre de 2022, de acuerdo con el documento, “la Norma Oficial Mexicana establece los criterios de inspección técnica para determinar las condiciones físico mecánicas de los vehículos con un peso bruto vehicular que no exceda los 3,857 kg para circular bajo condiciones de seguridad en el territorio nacional”.

También la NOM-236 establece los requisitos mínimos con los que se debe cumplir para la evaluación, y los organismos autorizados para dicha inspección.

¿Cuáles vehículos aplican en esta medida?, todo automóvil de uso particular y de uso intensivo, de carga, de servicio a dependencias, como los del transporte público, de empleados y escolares, entre otros.

La NOM contempla algunas excepciones por ejemplo: “se exceptúa de lo anterior, aquellos vehículos con un peso bruto vehicular de diseño menor a 400 kg, a los empleados en labores agrícolas, a vehículos orientados para utilizarse en terreno montañoso o desértico, así como en zona de playas y vías férreas, también están exentos los matriculados como vehículos antiguos, asociados a maquinaria dedicada a la industria de la construcción y la minería, aquellos que circulan en pista de carrera, aeropuertos, pista de Go-Karts y transportes similares”.

De acuerdo a lo estipulado en el documento los intervalos para la inspección técnica de los autos aplica así:

  • Vehículos de transporte particular nuevos, aquellos comercializados por primera vez con no más de 1000 km recorridos, la primera verificación será cuatro años posteriores a la fecha de tu comercialización. A partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año
  • Vehículos de transporte particular de 10 años o más posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, cada año
  • Vehículos de uso intensivo, cada año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo

Las autoridades pueden exigir la verificación vehicular antes del tiempo indicado en dos casos especiale: cuando el vehículo haya sido catalogado como pérdida total tras un accidente ó haya sufrido un daño importante que comprometa los sistemas de dirección, suspensión, transmisión o frenos y que compromete la seguridad.

La inspección técnica de los vehículos consiste en revisar:

  • Acondicionamiento exterior
  • Acondicionamiento interior
  • Sistema de iluminación
  • Sistema de frenos
  • Sistema de dirección
  • Sistema de suspensión
  • Motor y transmisión

La norma 236 no estipula multas para los automóviles que circulen sin verificación, esto debido a la designación por parte de cada gobierno estatal, con base en la nueva Norma Oficial Mexicana.

Isela Ibarra