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CIDH otorga medidas cautelares a favor de pobladores aledaños al Río Santiago

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la resolución 07/2020, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de pobladores de las zonas aledañas al Río Santiago, luego de considerar su situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos, a raíz de la contaminación ambiental en el Río y el Lago de Chapala.

Asimismo la Comisión tomó nota de la información y los últimos estudios que demuestran altos porcentajes de indicios de enfermedades renales, presuntamente derivadas de la exposición a contaminantes presentes en el Río Santiago y sus entornos, además de la detección de pesticidas en la orina de niñas y niños.

Al respecto, valoró la información proporcionada por el Estado en el sentido de que el arroyo presentó una recuperación en la mayoría de las estaciones y que indica el desarrollo de políticas públicas con miras a la recuperación del río, saneamiento y manejo sostenible del agua. No obstante la CIDH advierte que la principal medida de descontaminación implementada por el Estado, no es idónea para la contaminación producida como consecuencia de residuos industriales que se encontrarían en el río.

Siendo así, la dependencia recordó al Estado que tiene la obligación de mitigar el daño ambiental significativo que se presenta, inclusive cuando hubiera ocurrido a pesar de acciones preventivas o si se desconoce cuál es el origen de la contaminación, utilizando la mejor tecnología y ciencia disponible.

Por lo que la Comisión solicita a México que adopte las medidas necesarias para preservar la vida, integridad personal y salud de los pobladores de las zonas hasta 5 kilómetros del Río Santiago en los municipios de Juanacatlán y El Salto, así como de los pobladores de las localidades de San Pedro Itzicán, Agua Caliente, Chalpicote y Mezcala, en el municipio de Poncitlán, Jalisco, señalados en la solicitud.

En particular, que el Estado adopte las medidas pertinentes para brindar un diagnóstico médico especializado a las personas beneficiarias, teniendo en cuenta la alegada contaminación, proporcionándoles una atención médica adecuada, en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, conforme a los estándares internacionales aplicables.

Karla Victoria Rodríguez

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