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¿Te despidieron de tu trabajo? Conoce si debes cobrar finiquito o liquidación

A decir de la Ley Federal del Trabajo, cuando una relación laboral termina, el “patrón” deberá pagar al empleado su finiquito o liquidación, dependiendo la situación. 

Por ello, aquí te decimos cuáles son las diferencias entre ambos términos: 

El finiquito es el recurso que recibes como trabajador por parte del patrón cuando la relación laboral entre ambos se da por terminada.

Mientras que la liquidación es “una indemnización” que se debe pagar al trabajador cuando la responsabilidad de la rescisión de la relación laboral recae en el patrón. 

Sin embargo, para poder acceder a ella, se debe tener en consideración que el motivo del despido no sea por una falta imputable al empleado.

¿Qué me corresponde si me despidieron?

  • Tres meses de salario por concepto de indemnización.
  • 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados.
  • Pago de una prima de antigüedad que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado.
  • Pago proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
  • Prestaciones generadas por el trabajador que no se hayan pagado al momento de su despido.

¿Cómo se calcula el finiquito?

  1. Multiplica los días laborados no pagados por el sueldo diario.
  2. Calcula tu aguinaldo multiplicando tu salario diario por los días de aguinaldo que te da la empresa. Después divide el resultado entre 365 días y multiplícalo por los días trabajados durante el año en curso.
  3. Calcula tus vacaciones multiplicando el salario diario por los días de vacaciones que no tomaste y divídelo entre 365. Multiplica el resultado por el total de días trabajados y multiplícalo nuevamente por el salario diario.
  4. Para determinar el monto de la prima vacacional, toma el resultado de la parte proporcional de tus vacaciones y multiplícalo por 0.25.
  5. Ahora suma todos los montos y obtendrás el monto aproximado de tu finiquito.
  6. Así, el pago del finiquito debe hacerse ya sea el caso de que el trabajador presente su renuncia o el empleador le despida. 

 

JJ


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Jissel Jiménez

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