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Infractores reincidentes no son castigados por la Semov

8 mil 988 vehículos cuentan con más de 1 fotoinfracción colocada en un lapso de 60 días, por lo que según la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, los dueños de estos deberían ser acreedores a que les iniciara un procedimiento administrativo para suspender su licencia de conducir.

Según información dada a conocer vía transparencia por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, de los días 3 al 9 de julio se colocaron 14 mil  10 fotoinfracciones a vehículos que viajaban a exceso de velocidad, de los cuales 8 mil 988 volvieron a ser captados por estas cámaras antes de que pasaran 60 días de cometida la infracción.

El artículo 66 de la Ley de Movilidad indica que la licencia de conducir puede ser suspendida hasta 6 meses por la Secretaría de Movilidad iniciando un procedimiento administrativo. En el caso de las fotoinfracciones, si se coloca una por conducir a exceso de velocidad y dentro del término de 60 días se coloca otra (reincidir), debería originar el inicio de este procedimiento de suspensión.  

Por otro lado, una vez suspendida una licencia de conducir, si el infractor acumulara en un año otra suspensión, sería castigado con la cancelación del documento vial.

En todo el año 2016 se cancelaron apenas 13 licencias, sin embargo respecto el número de suspensiones correspondientes al año 2016 y lo que va del 2017, la Secretaría no otorgó una respuesta precisa:

Lo anterior significa que al momento, tan solo contando las fotoinfracciones colocadas en los meses mencionados, deberían existir 8 mil 988 procesos iniciados para suspender licencias de conducir.

Para saber más:

Las infracciones se aplican al propietario o conductor del vehículo, en su caso ambos responden por el pago de la sanción, sin embargo al ser difícil probar que una persona no era la que conducía un vehículo, la responsabilidad usualmente cae en el dueño del auto.

La infracción por rebasar el límite de velocidad marcado, es castigada con una sanción que va de los $754.00 a los $2,264.00 pesos, actualmente es tabulada conforme la pena mínima de manera automática.

¿Crees que la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado, debería buscar iniciar estos procedimientos para sancionar a los malos conductores? ¿Te parece una medida excesiva privar de su permiso para conducir a los infractores?

G

Redacción

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